"No habrá paz en la tierra mientras perduren las opresiones de los pueblos, las injusticias y los desequilibrios económicos que todavía existen".Juan Pablo II

Derecho Agrario - Agricultores

Derecho Agrario - Agricultores
Protector de las personas que trabajan cultivando la tierra

miércoles, 21 de abril de 2010

Contratos Agrarios



Es un acuerdo de voluntad común destinado a seguir los derechos y obligaciones de los sujetos intervinientes en la actividad agraria o empresarial
Estos hacer ejercer el goce y disfrute de la tierras mediante los métodos de producción. La causa del contrato es siempre la de una empresa agraria, pues esta nace, crecer, vive e incluso se extingue a través de contratos que son los encargados de calificarlos de acuerdo a su función económica y social.
Existen varios tipos de contratos entre los que podemos citar se encuentran:
Aparcería
Consiste en que el aparcero recibe un predio por un tiempo limitado. Lo que pretenden las partes con este es asociarse para constituirse una empresa agraria.
Gratuito de Tierras
El propietario del fundo concede su terreno a otro sujeto para que este por un tiempo indeterminado realice su actividad agrícola. Es unilateral porque solo el que recibe la parcela se obliga. Debe cuidar la tierra como buen padre de familia darle su mantenimiento usar y explotarla económicamente para sacarle provecho.
Arrendamiento Agrario.
Se le dan los terrenos para su uso goce y disfrute mediante una adecuada retribución al propietario, el cual obtiene rendimientos de sus bienes sin disminución de la sustancia o el importe de ellos. Es bilateral tiene consentimiento, cosa y precio.
Asignación de Tierras
En este el IDA adjudica a un beneficiario de los programas de dotación de tierras que este previamente calificados un fundo agrario comprometiéndose a traspasarlo por un eventual precio o a titulo gratuito, siempre y cuando esa persona demuestre tener capacidad técnica para desarrollar la empresa agraria y cumplir con las obligaciones en los 15 años del periodo de prueba .

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